Seguimos siendo parte del Círculo de Afiliados
Ponemos a su disposición el nuevo calendario tributario para su consulta.
Información relevante sobre el IBC para trabajadores independientes.
Comunicado de prensa de la DIAN sobre la reglamentación de facturación electrónica.
En los próximos días el Ministerio de Hacienda expedirá un decreto, por medio del cual todas las personas (naturales y jurídicas) que actualmente tengan RUT, además de quienes a partir de la fecha generen el RUT deberán hacer actualizaciones periodicas tanto en la dirección principal como de correo electrónico.
Enviar al correo electrónico impuestos@conthaag-sas.com los datos de actualización del RUT:
1. Dirección Principal
2. Correo Electrónico
3. Adjuntar Certificado de Existencia y Representación Legal de la Cámara de Comercio reciente.
La nueva dirección principal y/o de correo electrónico deberá haber sido registrada previamente ante la cámara de comercio, mientras no este actualizada esta información en el Certificado de Existencia y Representación Legal NO se podrá hacer ninguna actualización.
De acuerdo con el estatuto tributario (Art. 658-3), se podría aplicar una multa de entre 1 y 2 UVT ($ 34.270 para 2019) por cada día de retraso en la actualización de la información
Esta información será usada por las diferentes entidades a nivel nacional, especialmente por parte de la UGPP (Unidad de Gestión de Pensiones y Prafiscales), a partir del 1º de julio toda comunicación oficial de esta entidad se hará a través del correo electrónico.
Esto implica que si un contribuyente no tiene la dirección de correo electrónico actualizada y la UGPP le envía una comunicación persuasiva para alertarlo sobre alguna omisión, mora o inexactitud, se dará por hecho que el ciudadano quedó notificado.
1. Debe hacer la respectiva actualización de la actividad comercial, no solo en cámara de comercio, sino que también deberá hacerse en el RUT.
2. Una vez actualizada la actividad comercial en la matricula mercantil. Ingresar a través del siguiente link https://rnt.confecamaras.co/home para hacer el registro inicial de inscripción del inmueble.
3. Allí deberá registrarse, creando un usuario y contraseña, posteriormente podrá acceder al formulario que cuenta con 4 pasos para hacerlo satisfactoriamente. “El servicio de registro es gratuito”.
1. Deberá hacer el registro inicial a través del Formulario RUES (https://www.ccb.org.co/Tramites-y-Consultas/Mas-informacion/Formulario-del-Registro-Unico-Empresarial-y-Social-RUES), la actividad comercial a registrar será la del Código CIIU 5590 o 5519, en cámara de comercio será asesorado para tomar la que se ajusta a la realidad del negocio o actividad a realizar.
2. Deberá hacer el proceso del Pre-Rut, en el cual le será asignado un Nit, este tramite se lleva a cabo en los puntos de servicio de la DIAN, allí se deberá registrar con la actividad principal 5519 o 5590, deberá ser la misma que fue registrada en Cámara de Comercio
3. Una vez cuente con el registro ante cámara de comercio y RUT ante DIAN, hará la solicitud de inscripción en el Registro Nacional de Turismo a través de la página https://rnt.confecamaras.co/home
4. Allí deberá registrarse, creando un usuario y contraseña, posteriormente podrá acceder al formulario que cuenta con 4 pasos para hacerlo satisfactoriamente. “El servicio de registro es gratuito”.
Para mayor información se encuentra el siguiente video explicativo para hacer el registro de manera exitosa. Descargar Video
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